Recordamos a los trabajadores que deben presentar ante la Administración Fiscal de Ingresos Públicos (AFIP) el formulario web Nº 572 «Declaración Jurada Impuesto a las Ganancias – Régimen de retenciones 4ta Categoría», para deducción del impuesto a las ganancias.
Dicho formulario se encuentra disponible en la página del organismo, vía clave fiscal Nº 2 . Tienen tiempo hasta el 31 de marzo para presentarlo.
Enviado el formulario vía web los agentes de la empresa tendrán que dar aviso del cumplimiento del mismo, vía mail a sameep.liq-haberes@chaco.gov.ar
El trámite puede realizarse desde la web SIRADIG-trabajadores con CUIL, sin necesidad de ir a la AFIP e incluye a todos los empleados en relación de dependencia. Esto permite al trabajador informar los conceptos a deducir del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado e informar otros ingresos en caso de pluriempleo.
¿Qué se puede deducir?
- Cargas de familia: Cónyuge, hijo/a, hijastro/a (menores de 18 alos o incapacitados para el trabajo)
- Personal doméstico
- Seguro de Vida y Retiro
- Alquileres
- Intereses crédito hipotecario
- Gastos médicos y/o cuotas por cobertura médica asistencial
- Gastos de sepelio
- Aportes a cajas de jubilación provincial
- Percepciones mediante utilización de tarjetas de crédito, compra y débito
- Cancelación en efectivo de operaciones turísticas
- Otros
Cabe aclarar que debe presentarse documentación legal y verificable que respalde la declaración. Sameep recibirá esta información para hacer la liquidación final del impuesto a las ganancias.
Cualquier consulta pueden remitirse a la web: afip.gob.ar o físicamente en el ente.
Pueden descargar el instructivo paso a paso aquí.